Guía de beneficios fiscales en el mercado inmobiliario de Bizkaia
Fiscalidad para el arrendador en Bizkaia
A partir del 1 de enero de 2025, el arrendamiento de vivienda habitual presenta novedades relevantes. Los propietarios podrán deducir las primas de seguros por impago con un límite de 300 euros anuales.
Nuevas bonificaciones y deducciones
- La bonificación general sobre los rendimientos aumenta al 30%.
- Se establece una bonificación especial del 70% para viviendas en zonas tensionadas o integradas en programas como Bizigune o ASAP.
- Deducción del 18% por rehabilitación de vivienda arrendada (límite 3.000 euros) y del 15% por inversiones en eficiencia energética.
Incentivos para el arrendatario
Los inquilinos que no puedan aplicar la deducción por falta de cuota íntegra podrán trasladar el saldo a los cinco ejercicios siguientes. Para el periodo 2025-2029, este incentivo será monetizable para quienes no tengan obligación de declarar. A partir de 2026, se aplicará un límite de capacidad económica basado en una base liquidable de 68.000 euros.
Adquisición de vivienda habitual
Para el colectivo de menores de 36 años, se eliminan los límites anuales de deducción en el ejercicio de compra. Además, se amplía a 10 años el plazo para las cuentas vivienda. Las donaciones familiares de hasta 30.000 euros para la compra de vivienda habitual estarán exentas desde abril de 2025 bajo requisitos específicos.
Venta de vivienda habitual
Se mantienen las exenciones por reinversión y para mayores de 65 años. No obstante, a partir de 2026, la exención por reinversión requerirá justificar de forma estricta la necesidad del cambio de domicilio por causas sobrevenidas.
Fuente: API Bizkaia
